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Mobbing ya es causal de visto bueno en Ecuador

El “Proyecto de Ley Reformatoria al Código del Trabajo para Prevenir el Acoso Laboral” propone añadir como causal de visto bueno solicitado por el empleador, las actitudes reiteradas y comprobables de hostigamiento, intimidación o perturbación que generen temor o desánimo en cualquier compañero de trabajo. También podrá solicitar el visto bueno el trabajador que sea víctima de las situaciones indicadas anteriormente.

El acoso laboral (mobbing), debidamente comprobado, ya es causal de visto bueno, aun sin la reforma que se propone, pues, tanto el artículo 172 como el 173 del Código del Trabajo, establecen como motivo para la terminación de la relación laboral que cualquiera de las partes infiera injurias en contra de la otra.

La jurisprudencia laboral ha sido clara en determinar que las injurias referidas en el Código del Trabajo, no deben ser interpretadas según los conceptos del derecho penal, sino en el ámbito social y laboral, debiendo definirlas como toda aquella manifestación que afecte a tal nivel la dignidad de la persona, que sea imposible mantener vigente la relación de trabajo. Sin duda, aquí entran las acciones que generen temor o desánimo.

El proyecto de reforma busca estar a la vanguardia en la defensa de los derechos, inventando el agua tibia, producto del desconocimiento en la materia por parte de los legisladores y sus asesores. Aunque, si no se quiere castigar la iniciativa, diré, con mucha generosidad, que es necesario dejar estos temas escritos en la ley, para crear una cultura de no discriminación y libre de acoso laboral.

Sume a esto que, se advierte (por enésima vez) que desde el Ejecutivo se propondrá el texto de un nuevo Código del Trabajo, con lo que estas brillantes incorporaciones de lo que ya existe, seguramente serán objeto de nueva revisión.

Destacado laboralista guayaquileño, especializado en defensa patronal, fundador de este medio y encargado de la Dirección Ejecutiva del mismo.
Abogado de los Juzgados y Tribunales de la República del Ecuador por la Universidad Católica de Santiago de Guayaquil, admitido a la práctica en el 2010. Se graduó como Magister en Derecho Constitucional por la Universidad de Especialidades Espíritu Santo, en el año 2015. Más información en >> https://derechodeltrabajo.ec/equipo/